En la Red de Talleres DTCO+ somos expertos en realizar la revisión del tacógrafo: analógico, digital e inteligente. En este post, os contamos porqué es obligatorio realizar la revisión del tacógrafo, aunque el vehículo, por su actividad, esté exento de uso. Os explicamos cómo el conductor debe utilizarlo e identificamos, detalladamente, las actividades que están exentas en España.
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La obligatoriedad de hacer la revisión del tacógrafo para vehículos exentos de tacógrafo.
En la Red de Talleres DTCO+, nuestros expertos están formados directamente por el fabricante de tacógrafos VDO para realizar la revisión de cualquier tipo de tacógrafo, ya sea analógico, digital o inteligente.
La normativa del transporte es compleja y su interpretación genera muchas dudas. Especialmente, en lo que respecta a la revisión del tacógrafo en vehículos cuya actividad está exenta de su uso.
Por este motivo, desde la Red de Talleres DTCO+ queremos abordar directamente esta inquietud y dar respuesta a una de las preguntas que más nos hacéis: “¿Es obligatoria la revisión del tacógrafo si por la actividad del vehículo está exento de su uso?”.
Lo primero que tienes que tener en cuenta es que: aunque la actividad que realice tu vehículo esté exenta del uso del tacógrafo, si el vehículo está equipado con este dispositivo en cualquiera de sus versiones: analógico, digital o inteligente tienes que realizar las revisiones obligatorias del aparato de control.
¿Eres conductor de un vehículo cuya actividad está exenta de utilizar el tacógrafo?
Desde la Red de Talleres DTCO+ también queremos insistir en que: incluso cuando sea posible acogerse a una exención, si el vehículo que conduces cuenta con un tacógrafo instalado, este deberá usarse. A continuación, te contamos cómo debes usar el tacógrafo.
Debes insertar o bien la tarjeta de conductor en caso de tacógrafo digital o inteligente o bien el disco diagrama, si se trata de un tacógrafo analógico.
En caso de que se trate de un tacógrafo digital o inteligente tienes que seleccionar la condición específica “OUT” en los períodos en los que realices actividades fuera del ámbito de aplicación del Reglamento 561/06.
En el caso de que se trate de un tacógrafo analógico tienes que insertar el disco diagrama y, al finalizar la jornada, anotar por la parte posterior del mismo el período en el que las actividades se realizaron fuera de ámbito de aplicación de dicho Reglamento 561/06.
Estos son las actividades exentas de usar el aparato tacógrafo en España:
- Transportes oficiales: los establecidos en el artículo 105 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Transportes realizados en vehículos exclusivamente dedicados a la prestación de los servicios de alcantarillado, protección contra las inundaciones, abastecimiento de agua, mantenimiento de las redes de gas y electricidad, mantenimiento y conservación de carreteras, telégrafos y teléfonos, teledifusión y radiodifusión y detección de receptores y transmisores de radio y televisión.
- Transportes de carácter privado complementario de material de circo y atracciones de feria realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.
- Traslado de exposiciones móviles instaladas a bordo de vehículos especialmente acondicionados y equipados para ello y cuya finalidad principal sea su utilización con fines educativos cuando el vehículo se encuentre estacionado.
- Transportes de fondos u objetos de valor en vehículos especialmente acondicionados y equipados para ello.
- Transportes realizados en el desarrollo de cursos destinados al aprendizaje de la conducción o a la obtención del permiso de conducir o del certificado de aptitud profesional de los conductores mediante la utilización de vehículos especialmente equipados para ello (sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, y en el Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores).
- Transportes realizados por vehículos exclusivamente dedicados a la prestación de servicios que se desarrollen íntegramente en recintos cerrados dedicados a actividades distintas del transporte por carretera, tales como puertos, aeropuertos y estaciones ferroviarias.
- Transportes íntegramente desarrollados en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla o en islas cuya superficie no supere los doscientos 50 kilómetros cuadrados, siempre que éstas no se encuentren unidas al territorio peninsular por ningún puente, vado o túnel cuyo uso esté abierto a los vehículos de motor.
- Dentro de un radio de acción de 50 km respecto a su centro de explotación (de la empresa titular del vehículo) los siguientes transportes:
*Transportes realizados para la recogida y eliminación de residuos domésticos a domicilio.
*Transportes de mercancías realizados mediante vehículos propulsados por electricidad, GNC o GNL, cuya masa máxima autorizada, incluida en su caso la de los remolques o semirremolques, no sea superior a 7,5 toneladas.
- Dentro de un radio de acción de 100 km respecto al centro de explotación de la empresa, los siguientes transportes:
*Transportes de mercancías de carácter privado complementario realizados en el marco de su propia actividad empresarial por empresas agrícolas, hortícolas, forestales, ganaderas o pesqueras.
*Transportes de carácter privado complementario realizados mediante la utilización de tractores agrícolas o forestales en el desarrollo de una actividad agrícola o forestal.
*Transportes de recogida de leche en las granjas o que tengan por objeto llevar a éstas recipientes de leche o productos lácteos destinados a la alimentación del ganado.
*Transporte de animales vivos entre granjas y mercados locales, o entre mercados y mataderos locales.
*Transporte de hormigón preamasado en vehículos especialmente fabricados al efecto.
*Transporte privado complementario de maquinaria de construcción para una empresa de construcción realizado mediante vehículos o conjunto de vehículos, siempre que la conducción de los vehículos no constituya la actividad principal del conductor.
*Transportes que tengan por objeto la recogida y entrega de envíos postales en el marco del servicio postal universal por proveedores de dicho servicio, siempre que la masa máxima autorizada del vehículo utilizado, incluida en su caso la de los remolques y semirremolques, no sea superior a 7,5 toneladas y la conducción de vehículos no constituya la actividad principal del conductor, cuya categoría profesional habrá de ser la correspondiente a quienes se encargan de la recogida y reparto de la correspondencia postal.
Desde la Red de Talleres DTCO + te recordamos que según la disposición final segunda del Real Decreto 729/2022: “Todas estas excepciones son válidas con independencia de que el vehículo circule cargado o vacío, en el desarrollo de su ruta, siempre y cuando cumpla con las condiciones mencionadas anteriormente”.
Estas son las 5 razones por las que debes hacer la revisión del tacógrafo en la Red de Talleres DTCO+
Hemos sido formados por VDO:
- En la Red de Talleres DTCO+, contamos con especialistas altamente capacitados, formados por VDO, y con un profundo conocimiento sobre las normativas y regulaciones relacionadas con el tacógrafo, ya sea: analógicos, digitales o inteligentes.
Somos expertos en normativa:
- La complejidad de las normativas puede generar dudas, pero nuestros expertos comprenden a fondo las regulaciones vigentes. Te proporcionamos orientación precisa y actualizada para asegurar el cumplimiento de todas las normativas relativas al tacógrafo.
Realizamos un asesoramiento personalizado:
- En la Red de Talleres DTCO+, te ofrecemos un servicio integral y te asesoramos teniendo en cuenta tus necesidades.
Nos importa tu seguridad:
- Tu seguridad y la de tu flota son nuestra prioridad. Confía en nuestros expertos para asegurar que tu tacógrafo cumpla con todas las normativas vigentes.
Tenemos un fuerte compromiso con la calidad de nuestras intervenciones:
- Contamos con una amplia experiencia en la revisión de tacógrafos y nos comprometemos a proporcionar un servicio de alta calidad a todos los clientes.
Expertos en revisión del tacógrafo: Red de Talleres DTCO+
En la Red de Talleres DTCO+, contamos con los mejores expertos especializados en la revisión del tacógrafo. Nuestro equipo está comprometido con garantizar que tu tacógrafo cumpla con todas las normativas vigentes.
Confía en los expertos de la Red de Talleres DTCO+ y recuerda que tu seguridad y la de tu flota son nuestra prioridad.
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