
CUMPLE CON LA NORMATIVA DEL TACÓGRAFO VIGENTE EN 2020 Y EVITA LAS MULTAS
Si tienes un tacógrafo te ayudamos para que no te sancionen.
A partir del 15 de junio de 2019, todos los vehículos industriales de nueva matriculación que excedan las 3.5 toneladas de peso o los autobuses de más de 9 plazas estarán equipados con un tacógrafo inteligente. Al igual que con las versiones anteriores, tanto los propietarios de los parque móviles como los conductores están sujetos a numerosas obligaciones en relación a la visualización, descarga y almacenamiento de los datos procedentes de la memoria del tacógrafo y de la tarjeta del conductor. El incumplimiento de la rigurosa normativa podría conllevar a cuantiosas multas que pueden afectar considerablemente en la rentabilidad de tu negocio.
El año pasado, la Administración recaudó más de 90 millones de euros en sanciones. La mayoría relativas al incumplimiento de la normativa respecto al tacógrafo, unos 13.000€ fueron recaudados por infringir los tiempos de conducción y de descanso correspondientes. Hablamos de más de 7.500 sanciones anuales.
Este tipo de sanciones, dependiendo de su gravedad, pueden suponer en algunos casos la “Perdida de Honorabilidad”, lo que significa según el ROTT (Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres) el cierre definitivo de la empresa.
Por ello y para evitar el desconocimiento de la ley, la Red de Talleres DTCO+, estamos preparados y formados por el fabricante para asesorarte y ayudarte con cualquier consulta o duda que puedas tener al respecto. Además, te ofrecemos las mejores herramientas que te faciliten el día a día y cumplas con la legislación vigente sin miedo a que te sancionen.
Te ayudamos a que cumplas con los tiempos de conducción y descanso de manera sencilla, descárgate nuestro resumen y disfruta de una conducción sin Sanciones

App gratuita VDO Counter
Si eres usuario de Smartphone bájate la App gratuita VDO Counter y tu propio móvil te avisará de los tiempos de conducción y descanso y todas sus excepciones.
Sólo necesitarás un dispositivo bluetooth para conectar tu móvil al tacógrafo. Infórmate en tu servicio oficial más cercano.
ESTOS VDO CONSEJOS TE AYUDARÁN A ENTENDER LA NORMATIVA DEL TACÓGRAFO DE MANERA SENCILLA
Entendemos que tanto la legislación como las excepciones que la componen son muy complejas, por ello ponemos a tu disposición una serie de video consejos que te ayudarán a entender las reglas que debes seguir para cumplir religiosamente con la normativa del tacógrafo y los tiempos de conducción y descanso.

TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Esther Calvo, especialista en Gestión de Flotas, nos explica en este vídeo los diferentes tipos de descanso permitidos en la legislación vigente para así optimizar tu ruta.

TIPOS DE PAUSAS Y CONDUCCIÓN NOCTURNA
En este vídeo os explicamos los diferentes tipos de pausas que hay, la conducción nocturna y el máximo tiempo de trabajo semanal permitido por la legislación.

LOS TIPOS DE DESCANSO
Los diferentes tipos de descanso permitidos en la legislación vigente para así optimizar tu ruta. ¡Toma nota y disfruta de una conducción segura!
CONTACTA CON NOSOTROS
Para cualquier duda que tengas, ponte en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.

NORMATIVA DEL TACÓGRAFO: PREGUNTAS FRECUENTES
El tacógrafo digital es un sistema para el registro electrónico de los tiempos de conducción y descanso de los conductores. Además se registra la velocidad, la distancia recorrida y otros parámetros relacionados con la actividad del vehículo. Los datos recogidos se guardan en la memoria interna del aparato (memoria principal) y en tarjetas inteligentes de los conductores (tarjetas del conductor). La Comisión de la UE ha decidido que durante los próximos años, los sistemas de tacógrafo digital deben ir sustituyendo paulatinamente a los tacógrafos EC con disco diagrama de papel utilizados en la CEE actualmente. Las bases legales de esta decisión son los reglamentos (CEE) nº 2135/98 y 1360/02.
La UE pretende un cumplimiento más exacto de los tiempos de conducción y de descanso prescritos legalmente. En este sentido, se elaboró el reglamento (CE) nº 2135/98, según el cual, los vehículos nuevos de la UE que deban disponer de tacógrafo, en el futuro vendrán equipados con tacógrafos digitales.
Desde su entrada en vigor, los vehículos industriales nuevos de la UE sólo se equipan con tacógrafos digitales. Sin embargo, como no existe una obligatoriedad general de modificar los vehículos existentes, durante algunos años las flotas operarán con una mezcla de vehículos comerciales equipados con tacógrafos digitales y tacógrafos analógicos. Fuera de la UE, los vehículos industriales seguirán equipándose con tacógrafos convencionales.
Desde Enero de 2006, todos os vehículos industriales nuevos de los estados miembros de la UE que requerían obligatoriamente un tacógrafo, están equipados con uno digital. La introducción de tacógrafos digitales ha implicado, entre otras cosas, realizar los preparativos para la emisión y personalización de tarjetas, así como la creación de una red de centros técnicos cualificados y autorizados.
El anexo 1B del registro (EEC) No. 3821/85 especifica el tipo de tacógrafos que serían intercambiados en los vehículos siguientes: Vehículos usados para el transporte de mercancías con un peso máximo permitido de al menos 12 t. Vehículos usados para el transporte de pasajeros con más de ocho asientos (sin incluir el del conductor) con un peso máximo permitido de más de 10 t. Además, esta directiva es solamente válida para los vehículos mencionados que hayan sido matriculados por primera vez después de 01-01-1196 y en los que la transmisión de la señal se realiza eléctricamente.
Sí, el DTCO avisa al conductor 15 minutos antes de alcanzar el tiempo máximo de conducción permitido de 4,5 horas. Los tiempos de conducción y de descanso registrados y sus sumas se pueden consultar e imprimir en cualquier momento.
Sí. La homologación incluye una inspección de seguridad en la que se debe certificar que no es posible manipular el aparato. Además, una prueba de conformidad debe certificar que el tacógrafo digital cumple todas las funciones exigidas en el Anexo 1B, y una prueba de interoperatibilidad garantiza que los diferentes tipos de aparatos son compatibles entre sí.
El acceso a los datos de la memoria sólo es posible con una tarjeta autorizada. Los datos de empresa guardados en la memoria del tacógrafo se pueden consultar sólo con ayuda de la tarjeta de empresa. Los agentes de control obtienen una tarjeta de control propia que permite el acceso a todos los datos de la memoria.
Sí, el DTCO permite su conexión con un velocímetro o con la instrumentación del vehículo.
Sí. Existen distintas soluciones para ello.
Los estados miembros de la UE actualmente están obligados a archivar los datos de las tarjetas y de la memoria principal de forma regular. Además, podrán realizarse archivados/descargas adicionales voluntarias en cualquier momento.
Si, las unidades de tacógrafo deben ser revisadas por un centro técnico autorizado cada 2 años. Este requisito es aplicable en toda la UE.
Los tacógrafos digitales sólo son obligatorios en los vehículos nuevos registrados a partir de enero de 2006. Se pueden sustituir tacógrafos digitales de forma voluntaria y disponemos de tacógrafos digitales para sustituciones de forma inmediata.
Registro de datos.
Los datos del conductor y del vehículo deben registrarse antes de cada trayecto a través del tacógrafo digital y / o analógico.
Las empresas con flotas de vehículos de más de 3,5 Tn o con más de nueve asientos incluyendo al conductor, deben asegurarse de que sus conductores cumplan estos tiempos según marca la normativa
Los conductores y las empresas están obligados a revisar los datos de posibles infracciones. Y presentarlos a la Administración, previa solicitud de los mismos en un periodo determinado.
Los datos de la memoria del tacógrafo deben copiarse y almacenarse por la empresa por lo menos 3 veces al mes, y los datos de la tarjeta del conductor como mínimo cada 28 días.
Todos los datos deben archivarse de forma segura durante 2 años. Los datos deben presentarse a las administraciones competentes si éstas así lo requieren. Los conductores deben facilitar a la empresa la tarjeta de conductor y las impresiones en plazos determinados.
Hay que hacer copias de seguridad de los datos y además deben almacenarse de forma adecuada y segura. Ya que en caso de pérdida de datos es la empresa la responsable
Por razones de protección de datos personales, las empresas deben borrar los datos transcurrido un tiempo determinado.
La legislación específica que los aparatos de control de la CE y los tacógrafos deben revisarse cada dos años. Puedes llevar a cabo esta acción en cualquiera de los servicios oficiales de VDO DTCO+ repartidos por toda España.